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Cuáles son los requisitos jubilados no paguen ABL en CABA

22/12/2025

Los jubilados y pensionados que viven en la Ciudad de Buenos Aires tienen acceso al beneficios de la exención del pago de ABL. El beneficio alcanza al 100% del tributo.

Según lo informado por AGIP, los jubilados y pensionados podrán dejar de pagar el ABL si cumplen con las siguientes condiciones:

-Ser propietarios, usufructuarios, condóminos o beneficiarios del derecho de uso de un único inmueble destinado exclusivamente a vivienda propia.

-Ocupar efectivamente el inmueble como residencia habitual.

-No ser titulares ni condóminos de otras propiedades urbanas o rurales en cualquier parte del país.

Percibir un haber igual o menor a cuatro jubilaciones mínimas. Es decir, hasta $1.363.518,36 según los valores establecidos para diciembre de 2025.

-Tener una Valuación Fiscal Homogénea (VFH) del inmueble que no supere los $40 millones, conforme a lo establecido en la Ley Tarifaria vigente.

También podrán acceder al beneficio de AGIP los jubilados y pensionados inquilinos que acrediten con contrato vigente la obligación de pagar el impuesto, y usufructuarios que residan en la propiedad.

Para tramitar la exención, los jubilados deberán presentar la siguiente documentación:

-Documento Nacional de Identidad (DNI) del jubilado o pensionado solicitante.

-Último recibo de haber jubilatorio o pensión.

-Título de propiedad del inmueble.

-En caso de inquilinos, contrato de locación donde figure la obligación de pagar el ABL.

-Si se trata de usufructuarios, escritura con usufructo.

-Formulario de solicitud de exención, disponible en la web oficial de AGIP.

El trámite se puede realizar de forma online desde la página oficial de AGIP. Allí, los jubilados y pensionados deben descargar el formulario correspondiente, completarlo y adjuntar la documentación requerida. También puede gestionarse de forma presencial en la sede central de AGIP o en las comunas de la Ciudad, solicitando turno previo.